R-DCA-640-2011
Contraloría General de la República. División de Contratación Administrativa. San José, a las nueve
horas del quince de diciembre de dos mil once.-----------------------------------------------------------------------
Recurso de apelación interpuesto por Nutricare, S.A. en contra del acto que declara desierta la Licitación
Pública Nacional 2011LN-000004-2308, promovida por la Caja Costarricense de Seguro Social, por
medio del Hospital Dr. Max Terán Valls, para la compra de uso enteral.------------------------------------------
RESULTANDO
I.-Nutricare, S.A. impugnó la decisión del Hospital licitante de declarar desierto el concurso, en el cual
participó como única oferente, por cuanto considera que el acto adolece de la motivación que requiere la
Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento.---------------------------------------------------------------
II.-Mediante auto de las 10:00 horas del 20 de octubre de 2011, se admitió para trámite el recurso
presentado.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
III.-En los procedimientos se han observado las prescripciones de ley.-------------------------------------------
CONSIDERANDO
I.-Para el dictado de la presente resolución se tienen por demostrados los siguientes hechos de interés: 1)
Que la Caja Costarricense de Seguro Social, por medio de su unidad desconcentrada Hospital Max Terán
Valls, promovió la Licitación Pública Nacional 2011LN-000004-2308, para la compra de productos de
uso enteral, licitación que fue declarada desierta (ver La Gaceta 191 del 5 de octubre de 2011); 2) Que el
cartel de licitación, en lo que interesa, dispuso: “el objeto del presente concurso es para el Suministro de
Suplementos mediante la modalidad de licitación por entregas según demanda, para ser utilizado en la
adición a la dieta para corregir o prevenir deficiencias de vitaminas, minerales, proteínas, en ...
Fecha publicación: 19/12/2011
Fecha emisión: 15/12/2011
Institución: HOSPITAL MAX TERAN VALLS DE QUEPOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)
Tesauro: Principios de la contratación administrativa, Principios de la contratación administrativa, Principios de la contratación administrativa, Principios de la contratación administrativa, Contenido del cartel, Condiciones invariables, Sistema de evaluación, Principios de la contratación administrativa, Condiciones invariables, Sistema de evaluación
DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 10945
07 de noviembre del 2011
DCA-2908
Doctora
Krisia Díaz Valverde
Directora General
Hospital Dr. Max Terán Valls
Estimada Señora:
Asunto: Se concede autorización al Hospital Dr. Max Terán, para disminuir el monto de las
líneas 3, 4 y 5 de la Licitación Abreviada No.2009-000001-2308.-
Nos referimos a su oficio DG-H.DR.MT.V.-No. 0629-09-2011, mediante el cual requiere
autorización para disminuir en un 58%, tres de las cinco líneas de la Licitación Abreviada No.2009-
000001-2308, a saber:
Línea Cantidad
original
contrato
Nueva
Cantidad
%
Disminución
Monto
Inicial
Nuevo
Monto
3 2400 1000 58,33% $14.568,00 $6.070,00
4 2400 1000 58,33% $14.568,00 $6.070,00
5 2400 1000 58,33% $14.568,00 $6.070,00
Al respecto ha de indicarse:
I. Antecedentes
Mediante oficio DCA-2650, este órgano contralor requirió información adicional para continuar con
el análisis de la solicitud planteada, gestión que fue atendida mediante oficio DG-H.DR.MT.V.-No.
0691-06-2011.
2
II. Justificación
La Administración expone los siguientes argumentos, como respaldo a su solicitud:
i. Se promovió la Licitación Abreviada No.2009-000001-2308, para la adquisición de
reactivos para pruebas especiales, para ser utilizado en la diaria atención de pacientes
que ingresan al Hospital Dr. Max Terán Valls, para mantener existencias por un periodo
de un año con probabilidad de prórrogas por tres periodos iguales.
ii. El cartel estableció las siguientes cantidades y objeto:
Línea Cantidad original contrato Objeto
1 2000 Reactivo DET HIV I-II
2 1000 Reactivo DET PSA
3 2400 Reactivo DET T3
4 2400 Reactivo DET T4
5 2400 Reactivo DET TSH
iii. La Licitación Abreviada No.2009-000001-2308 fue adjudicada a la empresa
EQUITRON S.A.
iv. El año inicial se ...
Fecha publicación: 10/11/2011
Fecha emisión: 07/11/2011
Institución: HOSPITAL MAX TERAN VALLS DE QUEPOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACIONES VARIAS EN CONTRATACION ADMINISTRATIVA
R-DCA-541-2011
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San
José, a las doce horas del veintiséis de octubre de dos mil once. ---------------------------------------------------
Recurso de objeción interpuesto por la empresa CLÍNICAS DE LA AUDICIÓN CDA S. A. en contra
del cartel de la Licitación Pública No. 2011LN-000001-2701 promovida por el HOSPITAL DR.
FERNANDO ESCALANTE PRADILLA para la “Compra de prótesis auditivas”.---------------------------
I. POR CUANTO: Mediante escrito presentado el 12 de octubre de 2011, la empresa Clínicas de la
Audición CDA S. A. interpuso recurso de objeción en contra del cartel de la Licitación Pública No.
2011LN-000001-2701 promovida por el Hospital Dr. Fernando Escalante Pradilla para la compra de
prótesis auditivas.----------------------------------------------------------------------------------------------------------
II. POR CUANTO: Que mediante auto de las trece horas del trece de octubre de dos mil once se confirió
audiencia especial a la Administración para que se refiriera al recurso interpuesto por la empresa Clínicas
de la Audición CDA S. A. y presentara copia del cartel. ------------------------------------------------------------
III. POR CUANTO: Que mediante oficio número AGBS-903-2011 de fecha 19 de octubre de 2011,
complementado por los oficios AGBS-927-2011 de fecha 21 de octubre y AGBS-937-2011 de fecha 25 de
octubre, la Administración atiende la audiencia conferida.----------------------------------------------------------
IV. POR CUANTO: A. SOBRE EL FONDO. 1. Modalidad entrega según demanda. 1.2 Aplicación
de la modalidad. El recurrente señala que no procede aplicar la modalidad de entrega según demanda, al
tipo de bien licitado por cuanto existen directrices institucionales internas de la Caja Costarricense de
Seguro Social (CCSS) vinculantes para el Hospital que exigen la existencia previa de un estudio que
demuestre que el proc ...
Fecha publicación: 31/10/2011
Fecha emisión: 26/10/2011
Institución: HOSPITAL DOCTOR FERNANDO ESCALANTE PRADILLA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 10028
14 de octubre, 2011
DCA-2688
Doctora
Krisia Díaz Valverde
Directora General
HOSPITAL DR. MAX TERÁN VALLS
Estimada señora:
Asunto: Se devuelve con refrendo el contrato para la prestación de servicios de transporte de
pacientes, modalidad de servicios según demanda, sucrito por el Hospital Dr. Max Terán
Valls con el señor Diego Fabián Astúa Miranda, producto de la licitación pública 2011LN-
000001-2308.
Damos respuesta a su oficio DG-H-DR-M-T-V-0588-08-2011 de fecha 24 de agosto del año
en curso, complementado por el oficio DG-HDRMTV-06470-10-2011 del 05 de octubre último,
mediante el cual remite a esta Contraloría General para trámite de refrendo un contrato para la
prestación de servicios privados de transporte de pacientes, modalidad de servicio según demanda,
suscrito por el Hospital Dr. Max Terán Valls y el señor Diego Fabián Astúa Miranda, producto de la
licitación pública 2011LN-000001-2308.
Con fundamento en el acuerdo de adjudicación esta División procede a devolver el citado
contrato con el refrendo correspondiente. Sin embargo, dicha aprobación se otorga sujeta a las
siguientes observaciones:
1) Cálculo del kilometraje: en la cláusula segunda se establece que el cómputo del kilometraje
a reconocer se realizará tomando como referencia la tabla de kilometraje convenida con el
Comité Auxiliar de la Cruz Roja de Quepos, y en caso de que el destino contratado no esté
establecido en dicha tabla, el kilometraje correspondiente será estimado oportunamente en
coordinación con el Encargado General del Contrato. Sin embargo, se advierte que en esos
casos, se deberá tomar como referencia la Tabla Oficial de Distancias establecida por el
Ministerio de Obras Públicas y Transportes, y dejar debidamente justificado el kilometraje
que en definitiva se establezca en cada caso.
2) Orden de prioridad ...
Fecha publicación: 20/10/2011
Fecha emisión: 14/10/2011
Institución: HOSPITAL MAX TERAN VALLS DE QUEPOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 09999
13 de octubre de 2011
DCA-2679
Doctora
Krisia Díaz Valverde
Directora General
Hospital Dr. Max Terán Valls de Quepos
Fax: 2777-3231
Estimada señora:
Asunto: Se emite respuesta a consulta sobre la procedencia de realizar contrataciones
directas por escasa cuantía con entregas según demanda para la compra de aceites, lubricantes,
filtros de aire aceite y diesel.
Nos referimos a su oficio número DG-HDRMTV-608-09-2011 del 7 de setiembre del
presente año de 2011, mediante el cual consulta lo relacionado en el asunto.
Sobre el particular, es menester señalar que en atención al artículo 29 de la Ley Orgánica de
la Contraloría General de la República que regula nuestra potestad consultiva, este órgano contralor
emitió la circular CO-529, publicada en La Gaceta 107 del 05 de junio del 2000 denominada
“Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”.
Dicha circular dispone en sus artículos 1, 2 y 3, que esta Contraloría General de la
República conoce las consultas atinentes a su ámbito competencial, además de requerir la
incorporación del respectivo criterio jurídico de la Administración consultante.
Bajo ese panorama, deviene el rechazo de la presente consulta, toda vez que la misma no se
acompaña del referido criterio jurídico. No obstante lo anterior en un afán de colaboración le
adjuntamos copia de cinco oficios emitidos por este órgano contralor y que versan sobre el tema por
usted consultado, los oficios son: 02380 (DJ-0944 del 11 de marzo de 2010), 06451 (DJ-6451 del 5
de julio de 2010), 02365 (DCA-624) del 10 de marzo de 2011, 07908 (DCA-2170 del 25 de agosto
de 2011), y 3319 (DCA-0968 del 12 de abril de 2011).
Así las cosas, esta División se abstiene de emitir criterio alguno y se procede al archivo de
la misma.
Atentamente,
Lic. Marco Vinicio Alvarado Quesada ...
Fecha publicación: 18/10/2011
Fecha emisión: 13/10/2011
Institución: HOSPITAL MAX TERAN VALLS DE QUEPOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 04236
13 de mayo, 2011
DCA-1248
Licenciada
Ligia Castrillo Morales
Jefe Área de Gestión de Bienes y Servicios
Hospital Doctor Fernando Escalante Pradilla
Fax: 2771-3119
Estimado señor:
Asunto: Se refrenda el contrato 006-2011 suscrito entre el Hospital Dr. Fernando Escalante
Pradilla y Corporación Pipasa S.A., compra de huevos de gallinas, de cuantía inestimable, según
Licitación Pública 2010LN000004-2701(entrega según demanda).
Nos referimos a su oficio AGBS-368-2011 del 3 de mayo del presente año, mediante el cual
solicita el refrendo del contrato referido en el asunto.
Una vez realizado el estudio de rigor, esta División otorga la aprobación respectiva al contrato
de marras, siendo responsabilidad de la Administración acatar lo siguiente:
1) Este refrendo se otorga con vista en la certificación de contenido presupuestario emitida por
el doctor Rodolfo Bonilla Montero, Director General (ver folio 138 del expediente administrativo).
En ese sentido se recuerda que es de exclusiva responsabilidad de la Administración no solo la
acreditación del presupuesto, sino además la factibilidad técnica y jurídica de aplicar los recursos
certificados en el objeto de esta contratación.
2) Es responsabilidad de esa Administración el verificar que el contratista se mantenga al día en
el pago de sus obligaciones con la CCSS, y se hace constar que la contratista se encontraba al día en
esas obligaciones con la CCSS a la fecha de la firma del respectivo contrato (ver folios 98-130 del
expediente administrativo).
3) Es responsabilidad de la Administración mantener vigente la garantía de cumplimiento (ver
folios 126-127 del expediente administrativo).
4) El cumplimiento de las condiciones técnicas requeridas (ver folios 116-117 del expediente
administrativo).
2
5) Queda bajo responsabilidad de la Admini ...
Fecha publicación: 18/05/2011
Fecha emisión: 16/05/2011
Institución: HOSPITAL DOCTOR FERNANDO ESCALANTE PRADILLA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 03317
12 de abril, 2011
DCA-0966
Doctor
Alexis Rodríguez Madrigal
Médico Director
Hospital Dr. Fernando Escalante Pradilla
Caja Costarricense de Seguro Social
Estimado señor:
Asunto: No se requiere autorización de este órgano contralor, para promover una contratación
directa por escasa cuantía, para adquirir entrapadores por un monto total de ¢1.375.000,00 y por
un período de tres meses.
Nos referimos a su oficio No. SA-08-2011 recibido en este Despacho el 30 de marzo pasado,
mediante el cual solicita autorización para comprar directamente entrapadores para el Servicio de
Maternidad, por una suma total de ¢1.375.000,00.
Mediante oficio DCA-865 del 31 de marzo del 2011 se solicitó información complementaria
para lo cual se otorgó un plazo de dos días hábiles. No obstante, mediante oficio SA-11-2011 de 05 de
abril ese Centro Hospitalario solicitó prórroga, la cual fue concedida según oficio DCA-921 del 5 de abril
pasado. La información requerida fue suministrada por oficios SA-12-2011, SA-13-2011 y SA-14-2011 de
fechas 7 y 8 de abril, respectivamente.
I. Justificación de la solicitud:
Manifiesta que actualmente ese Hospital no tiene reserva de entrapadores necesarios para el
Servicio de Maternidad.
Señala que han solicitado los pedidos correspondientes de este insumo al Almacén General de la
CCSS, pero se les indica que no lo tienen en stock y que el contrato producto de la licitación pública No.
2010LN-000006-8101 “Tela ojo de perdiz” se encuentra para refrendo en este órgano contralor.
Indica que promoverán una contratación por escasa cuantía invitándose como mínimo a tres
potenciales oferentes. Se pretende contratar este insumo por un plazo de tres meses, para una canti ...
Fecha publicación: 15/04/2011
Fecha emisión: 12/04/2011
Institución: HOSPITAL DOCTOR FERNANDO ESCALANTE PRADILLA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA
DIVISIÓN CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 02980
30 de marzo de 2011
DCA-0859
Licda. Ligia Castrillo Morales
Jefe Área de Gestión de Bienes y Servicios
Hospital Dr. Fernando Escalante Pradilla
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
Fax: 2771-3119
Estimada señora:
Asunto: Se aprueba en forma condicionada el contrato 004-2011 HEP para el suministro de frutas y
verduras mediante la modalidad de entrega según demanda, suscrito entre el Hospital Dr.
Fernando Escalante Pradilla y la empresa Productos Vegetales AGRA del Este, S.A.,
derivado de la Licitación Pública N° 2010LN-000002-2701.
Nos referimos a su oficio No. AGBS-147-2011 de fecha 23 de febrero de 2011, recibido en este
órgano contralor el día 24 de igual mes y año, por medio del cual solicita el refrendo legal del contrato
indicado en la referencia.
Sobre el particular, una vez realizado el estudio de rigor, devolvemos el contrato de mérito
debidamente refrendado por este Despacho, no obstante sujeto a los condicionamientos que de seguido
indicaremos, cuya verificación será responsabilidad exclusiva de la señora Ligia Castrillo Morales, en su
condición de Jefe del Área de Gestión de Bienes y Servicios del Hospital promotor del concurso, o quien
ejerza este cargo. En caso que no resulte competente para verificarlas, será su responsabilidad instruir o
bien comunicar a la dependencia que corresponda, para ejercer el control sobre estas condiciones las
cuales consisten en las siguientes:
1. De conformidad con el artículo 9 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la
Administración Pública, el análisis de legalidad que realiza la Contraloría General de la
República, se circunscribe a la corroboración de los aspectos definidos en el artículo 8 de la
citada reglamentación. De suerte tal, que conforme lo indicado en el párrafo tercero del artículo
9 referido, “…correspo ...
Fecha publicación: 04/04/2011
Fecha emisión: 30/03/2011
Institución: HOSPITAL DOCTOR FERNANDO ESCALANTE PRADILLA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Tesauro: Suministros por entrega segun demanda, Características del precio
DIVISIÓN CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 02773
24 de marzo, 2011
DCA-0786
Licda.
Ligia Castrillo Morales
Jefa Área de Gestión de Bienes y Servicios
Hospital Dr. Fernando Escalante Pradilla
Estimado señor:
Asunto: Se concede refrendo condicionado a los contratos N° 001-2011, 002-2011 y 003-
2011 para la adquisición de “CAFÉ, HELADOS Y PASTAS”, modalidad de
entrega según demanda, producto de la licitación pública 2010LN-000003-2701.
Nos referimos a su oficio sin número del 23 de febrero del presente año, mediante el cual nos
remite para refrendo tres contratos suscritos entre la Caja Costarricense del Seguro Social, y varias
empresas que resultaron adjudicatarios producto de la Licitación Pública 2010LN-000003-2701,
promovida para la contratación de café, helados y pastas del Hospital Dr. Fernando Escalante
Pradilla.
Los referidos contratos suscritos con las empresas: Distribuidora Café Montaña S. A., para
el ítem 1; Roma Prince S. A., para los ítems 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y Asociación de Producción e
Industrialización Láctea S. A, para el ítem 2, son refrendados bajo los siguientes comentarios y
condiciones:
I. Antecedentes:
De conformidad con el expediente aportado, se observa que dicha licitación pública N°
2010LN-000003-2701 fue promovida por el Área de Gestión de Bienes y Servicios del Hospital Dr.
Fernando Escalante Pradilla., bajo la modalidad de entrega según demanda (ver folio 17 del
expediente administrativo). Además se comprueba que constan los siguientes documentos y
aspectos de interés:
1. Que de acuerdo con el acta de adjudicación N° ADJ-302-2010 del 9 de diciembre del
2010 se adjudicó a las empresas anteriormente indicadas esta licitación, lo anterior
visible a los folios 180 a 182 del expediente administrativo y su publicación en la
Gaceta N° 246 del 20 de diciembre del 2010 al folio 185 del expediente administrativo.
2
...
Fecha publicación: 29/03/2011
Fecha emisión: 24/03/2011
Institución: HOSPITAL DOCTOR FERNANDO ESCALANTE PRADILLA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
å
] ...
Fecha publicación: 18/03/2011
Fecha emisión: 15/03/2011
Institución: HOSPITAL DOCTOR FERNANDO ESCALANTE PRADILLA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS