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año:2011
 
institución:HOSPITAL MAX TERAN VALLS DE QUEPOS
 
institución:HOSPITAL DOCTOR FERNANDO ESCALANTE PRADILLA
 

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R-DCA-640-2011 Contraloría General de la República. División de Contratación Administrativa. San José, a las nueve horas del quince de diciembre de dos mil once.----------------------------------------------------------------------- Recurso de apelación interpuesto por Nutricare, S.A. en contra del acto que declara desierta la Licitación Pública Nacional 2011LN-000004-2308, promovida por la Caja Costarricense de Seguro Social, por medio del Hospital Dr. Max Terán Valls, para la compra de uso enteral.------------------------------------------ RESULTANDO I.-Nutricare, S.A. impugnó la decisión del Hospital licitante de declarar desierto el concurso, en el cual participó como única oferente, por cuanto considera que el acto adolece de la motivación que requiere la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento.--------------------------------------------------------------- II.-Mediante auto de las 10:00 horas del 20 de octubre de 2011, se admitió para trámite el recurso presentado.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ III.-En los procedimientos se han observado las prescripciones de ley.------------------------------------------- CONSIDERANDO I.-Para el dictado de la presente resolución se tienen por demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Que la Caja Costarricense de Seguro Social, por medio de su unidad desconcentrada Hospital Max Terán Valls, promovió la Licitación Pública Nacional 2011LN-000004-2308, para la compra de productos de uso enteral, licitación que fue declarada desierta (ver La Gaceta 191 del 5 de octubre de 2011); 2) Que el cartel de licitación, en lo que interesa, dispuso: “el objeto del presente concurso es para el Suministro de Suplementos mediante la modalidad de licitación por entregas según demanda, para ser utilizado en la adición a la dieta para corregir o prevenir deficiencias de vitaminas, minerales, proteínas, en ...
Fecha publicación: 19/12/2011
Fecha emisión: 15/12/2011
Institución: HOSPITAL MAX TERAN VALLS DE QUEPOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)
Tesauro: Principios de la contratación administrativa, Principios de la contratación administrativa, Principios de la contratación administrativa, Principios de la contratación administrativa, Contenido del cartel, Condiciones invariables, Sistema de evaluación, Principios de la contratación administrativa, Condiciones invariables, Sistema de evaluación


DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 10945 07 de noviembre del 2011 DCA-2908 Doctora Krisia Díaz Valverde Directora General Hospital Dr. Max Terán Valls Estimada Señora: Asunto: Se concede autorización al Hospital Dr. Max Terán, para disminuir el monto de las líneas 3, 4 y 5 de la Licitación Abreviada No.2009-000001-2308.- Nos referimos a su oficio DG-H.DR.MT.V.-No. 0629-09-2011, mediante el cual requiere autorización para disminuir en un 58%, tres de las cinco líneas de la Licitación Abreviada No.2009- 000001-2308, a saber: Línea Cantidad original contrato Nueva Cantidad % Disminución Monto Inicial Nuevo Monto 3 2400 1000 58,33% $14.568,00 $6.070,00 4 2400 1000 58,33% $14.568,00 $6.070,00 5 2400 1000 58,33% $14.568,00 $6.070,00 Al respecto ha de indicarse: I. Antecedentes Mediante oficio DCA-2650, este órgano contralor requirió información adicional para continuar con el análisis de la solicitud planteada, gestión que fue atendida mediante oficio DG-H.DR.MT.V.-No. 0691-06-2011. 2 II. Justificación La Administración expone los siguientes argumentos, como respaldo a su solicitud: i. Se promovió la Licitación Abreviada No.2009-000001-2308, para la adquisición de reactivos para pruebas especiales, para ser utilizado en la diaria atención de pacientes que ingresan al Hospital Dr. Max Terán Valls, para mantener existencias por un periodo de un año con probabilidad de prórrogas por tres periodos iguales. ii. El cartel estableció las siguientes cantidades y objeto: Línea Cantidad original contrato Objeto 1 2000 Reactivo DET HIV I-II 2 1000 Reactivo DET PSA 3 2400 Reactivo DET T3 4 2400 Reactivo DET T4 5 2400 Reactivo DET TSH iii. La Licitación Abreviada No.2009-000001-2308 fue adjudicada a la empresa EQUITRON S.A. iv. El año inicial se ...
Fecha publicación: 10/11/2011
Fecha emisión: 07/11/2011
Documento: 10945-2011.pdf
Institución: HOSPITAL MAX TERAN VALLS DE QUEPOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACIONES VARIAS EN CONTRATACION ADMINISTRATIVA


R-DCA-541-2011 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las doce horas del veintiséis de octubre de dos mil once. --------------------------------------------------- Recurso de objeción interpuesto por la empresa CLÍNICAS DE LA AUDICIÓN CDA S. A. en contra del cartel de la Licitación Pública No. 2011LN-000001-2701 promovida por el HOSPITAL DR. FERNANDO ESCALANTE PRADILLA para la “Compra de prótesis auditivas”.--------------------------- I. POR CUANTO: Mediante escrito presentado el 12 de octubre de 2011, la empresa Clínicas de la Audición CDA S. A. interpuso recurso de objeción en contra del cartel de la Licitación Pública No. 2011LN-000001-2701 promovida por el Hospital Dr. Fernando Escalante Pradilla para la compra de prótesis auditivas.---------------------------------------------------------------------------------------------------------- II. POR CUANTO: Que mediante auto de las trece horas del trece de octubre de dos mil once se confirió audiencia especial a la Administración para que se refiriera al recurso interpuesto por la empresa Clínicas de la Audición CDA S. A. y presentara copia del cartel. ------------------------------------------------------------ III. POR CUANTO: Que mediante oficio número AGBS-903-2011 de fecha 19 de octubre de 2011, complementado por los oficios AGBS-927-2011 de fecha 21 de octubre y AGBS-937-2011 de fecha 25 de octubre, la Administración atiende la audiencia conferida.---------------------------------------------------------- IV. POR CUANTO: A. SOBRE EL FONDO. 1. Modalidad entrega según demanda. 1.2 Aplicación de la modalidad. El recurrente señala que no procede aplicar la modalidad de entrega según demanda, al tipo de bien licitado por cuanto existen directrices institucionales internas de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) vinculantes para el Hospital que exigen la existencia previa de un estudio que demuestre que el proc ...
Fecha publicación: 31/10/2011
Fecha emisión: 26/10/2011
Institución: HOSPITAL DOCTOR FERNANDO ESCALANTE PRADILLA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 10028 14 de octubre, 2011 DCA-2688 Doctora Krisia Díaz Valverde Directora General HOSPITAL DR. MAX TERÁN VALLS Estimada señora: Asunto: Se devuelve con refrendo el contrato para la prestación de servicios de transporte de pacientes, modalidad de servicios según demanda, sucrito por el Hospital Dr. Max Terán Valls con el señor Diego Fabián Astúa Miranda, producto de la licitación pública 2011LN- 000001-2308. Damos respuesta a su oficio DG-H-DR-M-T-V-0588-08-2011 de fecha 24 de agosto del año en curso, complementado por el oficio DG-HDRMTV-06470-10-2011 del 05 de octubre último, mediante el cual remite a esta Contraloría General para trámite de refrendo un contrato para la prestación de servicios privados de transporte de pacientes, modalidad de servicio según demanda, suscrito por el Hospital Dr. Max Terán Valls y el señor Diego Fabián Astúa Miranda, producto de la licitación pública 2011LN-000001-2308. Con fundamento en el acuerdo de adjudicación esta División procede a devolver el citado contrato con el refrendo correspondiente. Sin embargo, dicha aprobación se otorga sujeta a las siguientes observaciones: 1) Cálculo del kilometraje: en la cláusula segunda se establece que el cómputo del kilometraje a reconocer se realizará tomando como referencia la tabla de kilometraje convenida con el Comité Auxiliar de la Cruz Roja de Quepos, y en caso de que el destino contratado no esté establecido en dicha tabla, el kilometraje correspondiente será estimado oportunamente en coordinación con el Encargado General del Contrato. Sin embargo, se advierte que en esos casos, se deberá tomar como referencia la Tabla Oficial de Distancias establecida por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, y dejar debidamente justificado el kilometraje que en definitiva se establezca en cada caso. 2) Orden de prioridad ...
Fecha publicación: 20/10/2011
Fecha emisión: 14/10/2011
Documento: 10028-2011.pdf
Institución: HOSPITAL MAX TERAN VALLS DE QUEPOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 09999 13 de octubre de 2011 DCA-2679 Doctora Krisia Díaz Valverde Directora General Hospital Dr. Max Terán Valls de Quepos Fax: 2777-3231 Estimada señora: Asunto: Se emite respuesta a consulta sobre la procedencia de realizar contrataciones directas por escasa cuantía con entregas según demanda para la compra de aceites, lubricantes, filtros de aire aceite y diesel. Nos referimos a su oficio número DG-HDRMTV-608-09-2011 del 7 de setiembre del presente año de 2011, mediante el cual consulta lo relacionado en el asunto. Sobre el particular, es menester señalar que en atención al artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República que regula nuestra potestad consultiva, este órgano contralor emitió la circular CO-529, publicada en La Gaceta 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”. Dicha circular dispone en sus artículos 1, 2 y 3, que esta Contraloría General de la República conoce las consultas atinentes a su ámbito competencial, además de requerir la incorporación del respectivo criterio jurídico de la Administración consultante. Bajo ese panorama, deviene el rechazo de la presente consulta, toda vez que la misma no se acompaña del referido criterio jurídico. No obstante lo anterior en un afán de colaboración le adjuntamos copia de cinco oficios emitidos por este órgano contralor y que versan sobre el tema por usted consultado, los oficios son: 02380 (DJ-0944 del 11 de marzo de 2010), 06451 (DJ-6451 del 5 de julio de 2010), 02365 (DCA-624) del 10 de marzo de 2011, 07908 (DCA-2170 del 25 de agosto de 2011), y 3319 (DCA-0968 del 12 de abril de 2011). Así las cosas, esta División se abstiene de emitir criterio alguno y se procede al archivo de la misma. Atentamente, Lic. Marco Vinicio Alvarado Quesada ...
Fecha publicación: 18/10/2011
Fecha emisión: 13/10/2011
Documento: 09999-2011.pdf
Institución: HOSPITAL MAX TERAN VALLS DE QUEPOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 04236 13 de mayo, 2011 DCA-1248 Licenciada Ligia Castrillo Morales Jefe Área de Gestión de Bienes y Servicios Hospital Doctor Fernando Escalante Pradilla Fax: 2771-3119 Estimado señor: Asunto: Se refrenda el contrato 006-2011 suscrito entre el Hospital Dr. Fernando Escalante Pradilla y Corporación Pipasa S.A., compra de huevos de gallinas, de cuantía inestimable, según Licitación Pública 2010LN000004-2701(entrega según demanda). Nos referimos a su oficio AGBS-368-2011 del 3 de mayo del presente año, mediante el cual solicita el refrendo del contrato referido en el asunto. Una vez realizado el estudio de rigor, esta División otorga la aprobación respectiva al contrato de marras, siendo responsabilidad de la Administración acatar lo siguiente: 1) Este refrendo se otorga con vista en la certificación de contenido presupuestario emitida por el doctor Rodolfo Bonilla Montero, Director General (ver folio 138 del expediente administrativo). En ese sentido se recuerda que es de exclusiva responsabilidad de la Administración no solo la acreditación del presupuesto, sino además la factibilidad técnica y jurídica de aplicar los recursos certificados en el objeto de esta contratación. 2) Es responsabilidad de esa Administración el verificar que el contratista se mantenga al día en el pago de sus obligaciones con la CCSS, y se hace constar que la contratista se encontraba al día en esas obligaciones con la CCSS a la fecha de la firma del respectivo contrato (ver folios 98-130 del expediente administrativo). 3) Es responsabilidad de la Administración mantener vigente la garantía de cumplimiento (ver folios 126-127 del expediente administrativo). 4) El cumplimiento de las condiciones técnicas requeridas (ver folios 116-117 del expediente administrativo). 2 5) Queda bajo responsabilidad de la Admini ...
Fecha publicación: 18/05/2011
Fecha emisión: 16/05/2011
Documento: 04236-2011.pdf
Institución: HOSPITAL DOCTOR FERNANDO ESCALANTE PRADILLA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 03317 12 de abril, 2011 DCA-0966 Doctor Alexis Rodríguez Madrigal Médico Director Hospital Dr. Fernando Escalante Pradilla Caja Costarricense de Seguro Social Estimado señor: Asunto: No se requiere autorización de este órgano contralor, para promover una contratación directa por escasa cuantía, para adquirir entrapadores por un monto total de ¢1.375.000,00 y por un período de tres meses. Nos referimos a su oficio No. SA-08-2011 recibido en este Despacho el 30 de marzo pasado, mediante el cual solicita autorización para comprar directamente entrapadores para el Servicio de Maternidad, por una suma total de ¢1.375.000,00. Mediante oficio DCA-865 del 31 de marzo del 2011 se solicitó información complementaria para lo cual se otorgó un plazo de dos días hábiles. No obstante, mediante oficio SA-11-2011 de 05 de abril ese Centro Hospitalario solicitó prórroga, la cual fue concedida según oficio DCA-921 del 5 de abril pasado. La información requerida fue suministrada por oficios SA-12-2011, SA-13-2011 y SA-14-2011 de fechas 7 y 8 de abril, respectivamente. I. Justificación de la solicitud: Manifiesta que actualmente ese Hospital no tiene reserva de entrapadores necesarios para el Servicio de Maternidad. Señala que han solicitado los pedidos correspondientes de este insumo al Almacén General de la CCSS, pero se les indica que no lo tienen en stock y que el contrato producto de la licitación pública No. 2010LN-000006-8101 “Tela ojo de perdiz” se encuentra para refrendo en este órgano contralor. Indica que promoverán una contratación por escasa cuantía invitándose como mínimo a tres potenciales oferentes. Se pretende contratar este insumo por un plazo de tres meses, para una canti ...
Fecha publicación: 15/04/2011
Fecha emisión: 12/04/2011
Documento: 03317-2011.pdf
Institución: HOSPITAL DOCTOR FERNANDO ESCALANTE PRADILLA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA


DIVISIÓN CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 02980 30 de marzo de 2011 DCA-0859 Licda. Ligia Castrillo Morales Jefe Área de Gestión de Bienes y Servicios Hospital Dr. Fernando Escalante Pradilla CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL Fax: 2771-3119 Estimada señora: Asunto: Se aprueba en forma condicionada el contrato 004-2011 HEP para el suministro de frutas y verduras mediante la modalidad de entrega según demanda, suscrito entre el Hospital Dr. Fernando Escalante Pradilla y la empresa Productos Vegetales AGRA del Este, S.A., derivado de la Licitación Pública N° 2010LN-000002-2701. Nos referimos a su oficio No. AGBS-147-2011 de fecha 23 de febrero de 2011, recibido en este órgano contralor el día 24 de igual mes y año, por medio del cual solicita el refrendo legal del contrato indicado en la referencia. Sobre el particular, una vez realizado el estudio de rigor, devolvemos el contrato de mérito debidamente refrendado por este Despacho, no obstante sujeto a los condicionamientos que de seguido indicaremos, cuya verificación será responsabilidad exclusiva de la señora Ligia Castrillo Morales, en su condición de Jefe del Área de Gestión de Bienes y Servicios del Hospital promotor del concurso, o quien ejerza este cargo. En caso que no resulte competente para verificarlas, será su responsabilidad instruir o bien comunicar a la dependencia que corresponda, para ejercer el control sobre estas condiciones las cuales consisten en las siguientes: 1. De conformidad con el artículo 9 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, el análisis de legalidad que realiza la Contraloría General de la República, se circunscribe a la corroboración de los aspectos definidos en el artículo 8 de la citada reglamentación. De suerte tal, que conforme lo indicado en el párrafo tercero del artículo 9 referido, “…correspo ...
Fecha publicación: 04/04/2011
Fecha emisión: 30/03/2011
Documento: 02980-2011.pdf
Institución: HOSPITAL DOCTOR FERNANDO ESCALANTE PRADILLA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Tesauro: Suministros por entrega segun demanda, Características del precio


DIVISIÓN CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 02773 24 de marzo, 2011 DCA-0786 Licda. Ligia Castrillo Morales Jefa Área de Gestión de Bienes y Servicios Hospital Dr. Fernando Escalante Pradilla Estimado señor: Asunto: Se concede refrendo condicionado a los contratos N° 001-2011, 002-2011 y 003- 2011 para la adquisición de “CAFÉ, HELADOS Y PASTAS”, modalidad de entrega según demanda, producto de la licitación pública 2010LN-000003-2701. Nos referimos a su oficio sin número del 23 de febrero del presente año, mediante el cual nos remite para refrendo tres contratos suscritos entre la Caja Costarricense del Seguro Social, y varias empresas que resultaron adjudicatarios producto de la Licitación Pública 2010LN-000003-2701, promovida para la contratación de café, helados y pastas del Hospital Dr. Fernando Escalante Pradilla. Los referidos contratos suscritos con las empresas: Distribuidora Café Montaña S. A., para el ítem 1; Roma Prince S. A., para los ítems 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y Asociación de Producción e Industrialización Láctea S. A, para el ítem 2, son refrendados bajo los siguientes comentarios y condiciones: I. Antecedentes: De conformidad con el expediente aportado, se observa que dicha licitación pública N° 2010LN-000003-2701 fue promovida por el Área de Gestión de Bienes y Servicios del Hospital Dr. Fernando Escalante Pradilla., bajo la modalidad de entrega según demanda (ver folio 17 del expediente administrativo). Además se comprueba que constan los siguientes documentos y aspectos de interés: 1. Que de acuerdo con el acta de adjudicación N° ADJ-302-2010 del 9 de diciembre del 2010 se adjudicó a las empresas anteriormente indicadas esta licitación, lo anterior visible a los folios 180 a 182 del expediente administrativo y su publicación en la Gaceta N° 246 del 20 de diciembre del 2010 al folio 185 del expediente administrativo. 2 ...
Fecha publicación: 29/03/2011
Fecha emisión: 24/03/2011
Documento: 02773-2011.pdf
Institución: HOSPITAL DOCTOR FERNANDO ESCALANTE PRADILLA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


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Fecha publicación: 18/03/2011
Fecha emisión: 15/03/2011
Documento: 02497-2011.pdf
Institución: HOSPITAL DOCTOR FERNANDO ESCALANTE PRADILLA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS